Resumen:

El amor siempre ha sido la causa de varios conflictos sociales y desavenencias familiares; situación que provocó que varias parejas se vieran sometidas al cuestionamiento de su amor por considerarlo prohibido o ilícito. El amor tuvo que pisar los tribunales, donde se trató de defender o castigar a este sentimiento. El objetivo es estudiar las expresiones del amor de pareja a través de la revisión de tres pleitos matrimoniales que ocurrieron en la ciudad de Guadalajara a finales del siglo XVIII. Todos ellos tienen como característica en común el elemento de la prohibición, o la contravención de las normas sociales establecidas en el mundo hispánico. De esta manera, analizo el discurso que emplearon para expresar sus sentimientos y defender su amor, y descifrar los recursos que otros utilizaron para tratar de disolver la unión de estas parejas.

Abstract:

Love has always been a source of various social conflicts and family disagreements; situation that caused numerous couples to be subjected to questioning their love for considering it prohibited or illegal. Love had to step on the courts, where it was tried to defend or punish this feeling. The aim is the study of expressions of love of couples through the review of three marriage lawsuits that occurred in the city of Guadalajara in the late 18th century. All of them have in common the element of prohibition, or contravention of the social norms established in the Hispanic world. In this way, I’ll analyze the discourse that these people used to express their feelings and defend their love, but I’ll also decipher the recourses that others used to try to dissolve the union of these couples.

Palabras clave:
    • amor;
    • sentimientos;
    • divorcio eclesiástico;
    • esponsales;
    • disenso paterno;
    • individualismo afectivo.
Key words:
    • love;
    • feelings;
    • ecclesiastical divorce;
    • betrothal;
    • parental dissent;
    • affective individualism.

Introducción

El amor siempre ha sido la causa de muchos conflictos, y más si se trataba de amores imposibles, clandestinos o pecaminosos, porque dichas relaciones afectivas alteraban el orden, iban en contra de la moral y las buenas costumbres y quebrantaban las normas preestablecidas por la sociedad. A pesar del amor que se predicaron los amantes furtivos, la mayoría de ellos terminaron en tragedias, baste con mencionar las historias de Abelardo y Eloísa, Romeo y Julieta o Tristán e Isolda, cuyos relatos han servido, muchas veces, como arquetipo de las relaciones amorosas en el mundo occidental. Debido a la desobediencia y transgresión que implicaba la relación sentimental de estas parejas, fueron sometidos a la autoridad, a tal punto que las leyes cuestionaban la expresión del amor, convirtiéndose de esta manera en la causa de múltiples enredos familiares. Por tal motivo, en varias ocasiones el amor tuvo que pisar los tribunales, siendo el protagonista inasible de varias causas matrimoniales, donde se trató de defender, proteger y exonerar, pero también se intentó dirimir, separar y castigar. De tal forma que, el amor estuvo enfrente de los estrados para ser cuestionado, puesto a prueba y, en algunas ocasiones, para justificarlo.

El objetivo de este artículo es reflexionar acerca de la expresión de los sentimientos, principalmente el amor, pero también otros como los celos y la pasión; para ello, utilizaremos tres pleitos matrimoniales que acontecieron en la ciudad de Guadalajara a finales del siglo XVIII, en los cuales se vislumbra la presencia de los sentimientos, como la defensa del amor y algunas formas de desamor, los cuales nos servirán de eje para realizar el acercamiento al estudio de las emociones. Estos tres casos tienen como característica en común el elemento de la prohibición, es decir, la conciencia que nace entre los amantes por contravenir a los convencionalismos sociales. Si bien, el amor es un concepto abstracto y subjetivo que define nuestra condición humana y la capacidad de relacionarnos afectivamente; en esta investigación abordaremos al amor como una construcción social, ya que la descripción de las manifestaciones amorosas interfieren en los comportamientos y acciones individuales y colectivas, de tal forma que la finalidad del estudio del amor pretende “iniciar una recuperación de la experiencia subjetiva” (Moscoso, 2015, pp. 15-16), para determinar cómo se vivía el amor en el pasado. A través de estos estudios no podemos apreciar a los sentimientos en sí, sino la forma como las personas los expresaban (Gonzalbo Aizpuru, 2019, p. 73); es por ello que argumentamos que el amor tuvo que pisar los tribunales, a través de las experiencias amorosas que vivieron estas parejas, y no solamente el amor, sino también el conjunto de sentimientos e intereses que lo rodean (Bologne, 2017). De esta manera, se pretende visualizar, a través de los expedientes judiciales, cuáles fueron los recursos que utilizaron las parejas ante los tribunales de justicia para tratar de defender el amor; pero también, interesa conocer la parte antagónica de estos casos, al analizar las estrategias que emplearon algunas personas para tratar de disolver la unión de estas parejas.

Acercarse a las manifestaciones del amor, a través de la historia, supone un reto difícil, debido a su condición inasible y subjetiva. El amor muchas veces no deja evidencias para observarlo y además es un sentimiento que puede manipularse fácilmente, ya que éste puede ocultarse, fingirse, exagerarse, etc., lo que dificulta la precisión sobre las manifestaciones del amor. Dominique Simonnet ha expresado que la exploración de las intimidades es una labor muy compleja, pues el amor a menudo borra las huellas de sus pasos, pues solo subsisten “ilusiones, evocaciones fugitivas, veladas, disfrazadas” (Simonnet, 2010, pp. 8-9). Entonces, ¿cómo se puede indagar sobre un sentimiento tan íntimo y privado, que en ocasiones carece de evidencias? Ésta es la principal trampa que encierra la historia del amor, por lo que el reto de esta disciplina es encontrar las fuentes que permitan sistematizar sus representaciones; para ello, existe una fuente muy rica que permite estudiar la expresión de los sentimientos: la correspondencia privada, a través de la cual es posible observar algunas alusiones del amor que fueron manifestadas por los propios sujetos históricos, ya que las personas se apropiaron de la escritura como el recurso que les permitió establecer sus relaciones afectivas (Mayo, 2004, pp. 13-14; Usunáriz, 2012, pp. 256-257; Ahumada Escobar, 2019, p. 113).

El presente trabajo pretende acercarse a la historia de las emociones, cuyo propósito es proporcionar mayor visibilidad y reflexión a nuevos objetos de análisis, como el dolor, el amor, la felicidad, etc., con la finalidad de determinar de qué manera se experimentaron, comunicaron y expresaron las experiencias afectivas a través del tiempo (Moscoso, 2011, p. 9; Bolufer Peruga, 2016, p. 29). Esta rama de la historia ha generado un extenso debate, debido a que no existe un consenso entre los investigadores sobre la denominación de esta corriente historiográfica. Uno de los principales problemas que posee esta disciplina es que carece de un marco analítico unitario, pues la aproximación al análisis de las emociones se ha realizado desde varias perspectivas (Burke, 2005, pp. 38-39). El segundo problema que enfrenta esta corriente se refiere al “pluralismo de significados” que describen la diversidad de experiencias emotivas que perciben los individuos, pues éstas pueden denominarse pasiones, emociones, sentimientos y afectos, y aunque estos conceptos están relacionados entre sí, cada uno de ellos posee sus propias características y su contexto particular sobre sus distintos usos (Medina Doménech, 2012, pp. 163-164). El reto de esta corriente historiográfica es encontrar espacios comunes que integren las distintas posturas y que sus aportaciones estén orientadas en una misma línea (Echeberría Ayllón, 2017, pp. 12-13).

La historia de las emociones se ha estudiado desde dos perspectivas teóricas: la biológico-esencialista y la construccionista. La primera perspectiva tiene su base en los trabajos de neurobiología y psicología, los cuales defienden el carácter natural de los fenómenos afectivos; los autores de esta corriente argumentan que las emociones son las reacciones naturales que se provocan ante ciertos estímulos que experimentan los individuos, mientras que, cuando el cerebro es capaz de distinguir estas emociones, se origina un proceso cognitivo al que llamamos sentimientos, que se refiere a la interpretación subjetiva que parte de la percepción de las emociones (Damasio, 2011, pp. 103-107).

Por otra parte, la perspectiva construccionista sostiene que las emociones son determinadas por los sistemas de creencias culturales y morales de una sociedad determinada; es decir, que las emociones y afectos son eminentemente sociales (Armon-Jones, 1984, pp. 33-34; Bolufer Peruga, 2014, p. 9; Candau Chacón, 2016, p. 63). Desde este punto, esta perspectiva nos permite aproximarnos a la historia de la representación cultural de los sentimientos y a percibir las emociones como productos socioculturales, donde las personas son las encargadas de manejarlas o manipularlas (Pascua Sánchez, 2000, p. 133; Reddy, 2001, p. 25). El propósito de esta corriente historiográfica es el análisis de la representación simbólica de las emociones a través de la historia y los cambios que se han experimentado a lo largo del tiempo (Candau Chacón, 2016, p. 62). Por lo tanto, esta investigación está sustentada en la perspectiva construccionista, cuyo objetivo es tratar de comprender algunos aspectos sobre las distintas manifestaciones del amor y las experiencias de desamor, para determinar cómo este sentimiento pudo ser juzgado y castigado o protegido y justificado por las autoridades civiles y eclesiásticas de su momento.

Antes del siglo XVIII no se utilizaba el concepto de sentimientos para definir las distintas disposiciones emotivas que experimentaba un individuo; más bien, se hablaba de afectos, pasiones, apetitos, aficiones o agitaciones que vivían las personas y perturbaban el alma. Estas alteraciones o “accidentes del alma”, eran influenciados por la religión cristiana y estaban relacionados con la pasión de Cristo, la mortificación, el sufrimiento y las enfermedades o padecimientos del cuerpo (Tausiet y Amelang, 2009, pp. 8-12); no obstante, será hasta el siglo XVIII cuando aparecerá la noción de sentimientos, percibida como una categoría laica y definida como “la acción de percibir por los sentidos los objetos” y también como “el dictamen, juicio u opinión que se hace de las cosas” (Diccionario de la lengua castellana, 1739, p. 83). A partir de entonces, y gracias a los filósofos empiristas, como Hume y Spinoza, que se sitúan a los sentimientos como elementos naturales, pero que el hombre tiene la capacidad de expresarlos, manipularlos y discernir entre las pasiones buenas y malas (Pascua Sánchez, 2014, pp. 82-83; Candau Chacón, 2019, p. 11).

El amor es un sentimiento diverso, complejo, omnipresente y trascendental, pues cada individuo siente y expresa el amor de manera distinta; posee una naturaleza única e individual y cada pueblo y época tiene sus formas particulares de expresarlo y crear códigos sentimentales que regulaban las prácticas cotidianas sobre los usos amorosos (Martín Gaite, 2005; Lozano Armendares, 2013, p. 90). El amor parte de conductas universales y de una serie de pautas normativas, que en su conjunto rigen la concertación de la formación de parejas (Pellicer, 2004, p. 128); en ese sentido, el amor de pareja era un asunto regulado por la Iglesia, el Estado y la sociedad, ya que no se podía amar a cualquier persona; distintas normas sociales rechazaban las relaciones interraciales y entre personas de distintos estratos económicos, y llegaba a la condición de nefando al hablarse de las relaciones homosexuales (Molina, 2017). No obstante, el amor era un asunto libre, que no entendía de edad, sexo o calidad, situación que provocó varios enredos ante la justicia, como los que estudiaremos en este trabajo.

En la cultura novohispana el amor de pareja se concebía desde la tradición tomista, es decir, como la expresión de la comunión espiritual y física del hombre y la mujer, por medio de la comunicación de sus cuerpos, lo que permitía “los goces más intensos en lo afectivo y en lo corporal, pues este amor implica la unión sexual como indispensable medio para su crecimiento y maduración” (Ortega Noriega, 1992, p. 17). No obstante, en este trabajo entenderemos al amor como el conjunto de prácticas amorosas, eróticas y socio-sexuales que surgían entre hombres y mujeres, sustentadas en las relaciones de poder y de dependencia entre los sexos y los roles de género, lo cual nos lleva a clasificar los varios estilos de amor: carnal, romántico, sublimado, divino, pasional, lascivo, etc. (Morant Deusa y Bolufer Peruga, 2000, p. 15; Pascua Sánchez, 2016, pp. 442-444). Si atendemos a la definición clásica de amor obtendremos que, por lo regular, los matrimonios no llegaban al altar por la existencia del amor entre los cónyuges, pues el amor era un asunto que quedaba fuera de la concertación matrimonial; pesaba más el respeto a la autoridad paterna que el sentimiento de atracción y cariño en las parejas (Gonzalbo Aizpuru, 2013, pp. 46-47). El amor se definía, según el Tesoro de la lengua castellana, como un aspecto negativo y lo relacionaban con los amores lascivos y pecaminosos, “que son los que tratan los enamorados” (Covarrubias Orozco, 1611, p. 65v). Por otra parte, en el Diccionario de la lengua castellana se observan cuatro acepciones sobre el amor: a) querer bien o tener cariño a alguna persona; b) aficionarse, apetecer o dejarse llevar por el deseo de alguna cosa; c) afecto del alma racional, por el cual se busca con deseo el bien verdadero, y d) la atracción y deseo de los amores profanos y lascivos (Diccionario de la lengua castellana, 1726, pp. 261-262, 272). De esta forma, en este trabajo analizaré las distintas expresiones del amor que se aprecian en la correspondencia privada y que están relacionadas con las cuatro últimas definiciones.

En este trabajo se analizan las expresiones del amor de pareja, correspondido o desdeñado, de naturaleza legal o furtiva, situaciones que se pueden observar en las tres parejas que analizo en este artículo. Mediante la revisión de estos tres procesos están la expresión del amor pasional, el encaprichamiento y el sentimiento de posesión que experimentaron algunas mujeres por sus pretendientes; también se observará la expresión del individualismo afectivo, es decir, el cambio que se originó en el siglo XVIII sobre la nueva concepción de las relaciones humanas, pues a partir de entonces los matrimonios estarían encaminados por la presencia del amor; y finalmente, analizaré las relaciones amorosas entre adúlteros, a través de las cartas que se intercambiaron los amantes, en donde se atenderá la situación de distancia que surgía entre ellos, el sentimiento pasional que provocaba pesadumbre y malestar, la expresión de los celos y la forma de mantener oculto un amor adulterino.

Los amores contrariados han sido objeto de la historia. Varios investigadores han estudiado estas situaciones en distintas épocas y latitudes, en los que han tratado de descifrar cómo se vivía el amor en el pasado y de qué manera los individuos expresaban sus sentimientos (Seed, 1991; Socolow, 1991). La historia del amor en Iberoamérica tiene una larga trayectoria que surge de los trabajos de la nueva historia cultural, así como los estudios de las mentalidades, la vida cotidiana, las mujeres y la familia, entre los que sobresale el libro Amor y desamor, del Seminario de Historia de las Mentalidades (1992), y también destacan las investigaciones de Pilar Gonzalbo (1995), Pablo Rodríguez (1997), Carlos Alberto Mayo (2004), Guiomar Dueñas (2014) y Sonya Lipsett-Rivera (2014), quienes han realizado varias aportaciones a la historia del amor, el matrimonio y la sexualidad en la época colonial, utilizando para ello fuentes muy variadas. En general todos ellos aprovechan los expedientes judiciales para abordar el estudio de las experiencias amorosas. Asimismo, la región de Guadalajara también cuenta con una larga tradición sobre estos estudios, desde los trabajos pioneros de Carmen Castañeda (1989) y Thomas Calvo (1992), quienes evidenciaron la importancia de la institución matrimonial y los conflictos que provocaban las relaciones de pareja en el occidente mexicano; posteriormente tenemos los trabajos de Roberto Miranda Guerrero (2000), Graciela Abascal (2007), Domingo Coss y León (2009), Laura Benítez Barba (2014), Paulina Torres Franco (2016), entre otros, quienes han estudiado las distintas facetas de las relaciones de pareja y los conflictos que se producían en torno a la sexualidad y las situaciones amorosas.

En los últimos años las fuentes judiciales se han convertido en una fuente muy provechosa para la historia sociocultural, pues ya no se presta tanta atención a la cuantificación de los juicios ni al estudio de las cuestiones legales, sino que centran su análisis en los entresijos de estos pleitos, los cuales permiten observar distintos comportamientos y prácticas de los seres humanos. Esta línea de investigación parte de las obras de Yves Castan (1974) y posteriormente están los estudios de Tomás Mantecón (1997), y más recientemente los trabajos de Iker Echeberría (2017) y Suzannah Lipscomb (2019). Para estudiar las distintas expresiones del amor analizaré tres causas matrimoniales diferentes: una demanda por incumplimiento de esponsales, un juicio de disenso y un proceso de divorcio eclesiástico por adulterio; en todos ellos se puede observar la expresión de los sentimientos, pues los testimonios de los involucrados permiten observar las distintas expresiones del amor.

La mayoría de las causas matrimoniales presentan la información de manera rutinaria y no todos los casos ayudan a visualizar la exposición de los sentimientos; sin embargo, si se presta atención a las palabras que evidencian la expresión de algunas motivaciones de los involucrados, entonces es posible aproximarse al estudio de las emociones; es por ello que estos tres casos aportan información sobre las distintas expresiones del amor y en general describen las diferentes situaciones y contextos sobre las experiencias amatorias. De esta manera, el análisis de estos casos se enfoca en la perspectiva femenina, ya que en los tres procesos las mujeres tuvieron el papel protagónico y, por lo tanto, las fuentes que se obtienen de estos juicios serán generadas por ellas mismas; tanto las cartas que les enviaron a sus amantes, como las propias declaraciones que expusieron en los tribunales.

La estructura de las cartas de amor no posee una directriz única, pues sus autores utilizaron un estilo propio y lo mismo recurrieron a la prosa que al verso. Las temáticas que abordan suelen poseer una estructura lógica, aunque en muchos casos la información se presenta de manera fragmentada o codificada; además, la exposición de las ideas, particularmente en las ocasiones donde se expresan los sentimientos, puede parecer incoherente, pero precisamente en ello radica su riqueza, dado que los sentimientos más profundos llegan a ser irracionales. Las cartas personales permiten descubrir el rico mundo de las intimidades, y al encontrarse estas fuentes insertas en los procesos judiciales, debemos contextualizar su naturaleza, por lo que el estudio de estos expedientes constituye el pretexto para reflexionar sobre las distintas formas de amar; asimismo, enfatizaremos en las tres consecuencias en las que derivaron estos juicios: la evasión de la responsabilidad esponsalicia, la justificación del amor sin importar las consecuencias y el castigo del amor adulterino mediante la manifestación del arrepentimiento.

Falsas promesas de amor: amar apasionadamente

Desde el Concilio de Trento se le otorgó a la promesa de futuro matrimonio un peso jurídico muy importante; otorgar palabra de casamiento confería a los contrayentes la obligación de cumplirla. El incumplimiento de esponsales implicaba que la persona que se rehusaba a casar, sin haber otorgado la debida justificación canónica, incurría en el delito de perjurio y la parte damnificada podía demandar a su pretendiente ante los tribunales civiles o eclesiásticos, con la finalidad de procurar la recuperación material o simbólica del perjuicio ocasionado (Ghirardi e Irigoyen, 2009, p. 263). La mayoría de estas demandas fueron iniciadas por mujeres, lo cual hace pensar en la capacidad que tenían éstas para tratar de conseguir el cumplimiento de la palabra dada y que no quedara burlada su honra (Villafuerte García, 1989, p. 59); de tal manera que, para admitir una demanda de esta naturaleza, era necesario probar la palabra de matrimonio con todos los testimonios que pudieran presentar (documentos, objetos, testigos, etc.), con la finalidad de corroborar los argumentos que presentaban los demandantes (Castañeda García, 1994, p. 122). Asunción Lavrin afirma que los casos donde se denunció el incumplimiento de esponsales “corrobora que la presunta promesa de matrimonio fue la premisa que usaron quienes tenían relaciones sexuales antes del mismo” (2005, p. 502).

En este contexto social y jurídico se desarrolló el primer caso que se analiza en este trabajo, el cual se trata de la demanda que presentó María de Jesús Loza contra Francisco Rodríguez Leal por el incumplimiento de esponsales. En septiembre de 1777 se presentó María de Jesús ante el juez provisor del obispado de Guadalajara para manifestar que desde hacía seis meses que tenía comunicación con Francisco, en cuyo tiempo “me solicitó de amores, con toda expresión y aunque de mi parte experimentó gran resistencia a sus intentos torpes, me dio palabra y prometió casarse conmigo” y le entregó como prenda una mascada de seda y le prometió mandar un cintillo de oro; de esta forma quedaron celebrados los esponsales entre ambos pretendientes (Escriche, 1851, p. 225). Bajo dicha promesa esponsalicia María de Jesús fue persuadida por Francisco para involucrarse carnalmente con él, “de esa suerte hubo de conseguirlo desflorando mi virginidad”. Posteriormente, cuando la pretensa quiso verificar su matrimonio, le entregó veintiún pesos a Francisco para que realizara el pago de las diligencias matrimoniales, sin conocer las verdaderas intenciones de su futuro pretendiente. Poco tiempo después, María de Jesús se enteró que “el referido se está presentando para casarse con otra mujer nombrada Rafaela Mendoza, y procedido con tanta malicia, que hasta se mudó de nombre, poniéndose Brígido”, de tal forma que María de Jesús solicitaba que le cumpliera su palabra matrimonial y “me satisfaga el daño que me ha inferido”, por lo que el provisor ordenó la detención de Francisco y éste fue hecho prisionero en la Real Cárcel de Corte.2

Cuando Francisco fue llamado a declarar, corroboró que en efecto había mantenido “mala amistad” con María de Jesús, “teniendo que ver carnalmente en dos ocasiones y que en una de ellas le dio palabra de casamiento”, pero que en cuanto al dinero que refería la demandante, era falso que le hubiese entregado esa cantidad para pagar las diligencias matrimoniales. Posteriormente, Francisco expresó al provisor que ya no tenía deseos de verificar el matrimonio que le había prometido a María de Jesús, porque no estaba plenamente convencido de quererse casar con ella, pues cuando le otorgó dicha promesa a la denunciante simplemente lo hizo para poder involucrarse con ella y obtener sus favores sexuales; además, Francisco manifestó que después de que inició el trato entre ambos, esta mujer comenzó a tener un amor obsesivo hacia él, y además mencionó que la relación que mantuvo con la pretensa se debió a “sus continuas instigaciones e infancias”, porque lo seguía a todas partes y en ocasiones lo esperaba en la puerta de su casa, situaciones que le generaron fastidio y desánimo para unirse a ella en matrimonio. Francisco presentó al provisor dos cartas en las que se dejaba ver el amor pasional que sentía María de Jesús por su pretendiente, una de las cartas decía:

[…] estimado negrito sabe vuestra merced que ésta es su casa y que puede mandar en ella y en una muy humilde negra que está rendida a las plantas de vuestra merced, y si una vida tengo toda a tus pies la consagro, y quien la vida me quita, que yo le dé el alma enamorada dos veces y dos veces despreciada […] y así el favor que le he de merecer a vuestra merced que cada vez que quisiera venir venga, […] mi pena vuelve Francisco y sabrás que contigo mi amor las penas quedarán fuera, y pienso que si volvieras no estará a decir más y así le pido que no me haga esperar tanto.3

En esta carta llama la atención la forma de sumisión con la que María de Jesús se dirigía a Francisco y los deseos que tenía esta mujer de estar con él; esta situación nos revela algunas pistas para comprender el comportamiento de la pretensa, pues nos encontramos ante un caso de amor no correspondido, el cual provocaba la creación de un sentimiento obsesivo; esta noción era propia del amor romántico, la cual producía sentimientos tales como la depresión, ansiedad, euforia, abulia, etc. (Shorter, 1975); de tal manera que, estas reacciones evidencian la visibilidad del amor romántico en la sociedad novohispana, cuando algunos autores, como Patricia Seed, han opinado que este sentimiento no es una creación del siglo XVIII (1991, pp. 18-19); en cambio, Susan Socolow expresa que “no quedan dudas de que el amor romántico y apasionado existía en el mundo colonial”, y menciona que esta situación la podemos observar a través de la correspondencia privada y también mediante los juicios de disenso (Socolow, 2005, p. 21).

Otra forma que resalta en esta carta es el uso de las expresiones “negrito” y “negra”, ya que ambos pretendientes eran españoles, Carlos Mayo señala que el uso de estas palabras significaban una degradación social por parte del remitente (Mayo, 2004, p. 23); sin embargo, consideramos que estos adjetivos se empleaban como una forma de expresar cariño o ternura. En varias cartas de amor de la época se utilizaban estas expresiones, dejando ver la carga amorosa que tenía el uso de estas palabras; Pilar Gonzalbo señala que el uso de las expresiones que definen los sentimientos íntimos no pueden considerarse clasificatorios, pues la expresión de “negrito” no denotaba la degradación de la calidad, sino que se utilizaba para demostrar sentimientos de cariño, despecho o sumisión (Gonzalbo Aizpuru, 1995, p. 150); de esta manera, como una moda dieciochesca, las personas manifestaron su cariño con un estilo tierno y espontaneo, al dirigirse a sus amantes como “querido negrito de mi corazón”, quizás como evocación al sentimiento de esclavitud y dependencia que sentían hacia el ser amado (Gonzalbo Aizpuru, 2002, p. 46).

La segunda carta que María de Jesús dirigió a Francisco posee un carácter más doliente, en la que manifiesta el sentimiento que le producía el rechazo y desinterés por parte de su prometido, a tal grado de reprocharle la ausencia de su correspondencia y los engaños amorosos que hacía con ella: “y así mi primera proposición es que me digas que me quieres bien, como me has asegurado, ni aunque vinieran los mayores contratiempos, en fortuna me podrás borrar de tu memoria, y si no me quieres ¿por qué me engañas con ficciones?”4 Esta carta también iba acompañada de unos versos, con rima asonante y redactado en octosílabos, la cual también le valió a Francisco para argumentar la insistente comunicación de María de Jesús y su amor obsesivo:

Adorada prenda mía

Aquí con el alma quiero

Dentro de mi corazón

Alma de mi estimación

El más brillante lucero

Ya vi la favorecida

En donde se halla el consuelo

El remedio de las ansias

De mi amartelado pecho

Puedes vivir dueño amado

Que en las horas del silencio

Vive el dolor sepultado

Atendiendo a los respectos

Que aunque por servirte muero

Con saber que tu cariño

Es propicio a mi desvelo

Con la segura esperanza

Doy mi vida aliento

Y si como bien lo dices

Procuras el seguro puesto

Fueres mi felicidad

En el más de mis deseos

Y si tú preso le miras

Con ese apreciable anhelo

Yo en todo mi corazón

Atravesado en el pecho

Por servirte y adorarte

Vivo en todo cautiverio.5

A pesar de los repetidos intentos que hizo Francisco para evadir su responsabilidad esponsalicia y verse librado de las instigaciones de su prometida, María de Jesús insistía al provisor que su pretendiente le debía cumplir su palabra de matrimonio, pues ahora su interés era conducido a remediar su honor; en esta parte del juicio podemos apreciar un giro: la pretensa se enfocó en la defensa de su honra sexual, como la estrategia que permitiría que esta mujer lograra su cometido. En otra declaración, Francisco hacía referencia a la supuesta virginidad de María de Jesús al expresar que no podía tener integridad una mujer que manifestaba esa conducta en las cartas que presentaba, pues “se deja ver las amorosas interpelaciones con que la dicha mujer conmovía mi inquietud a facilitarme sus torpezas”; si bien, María de Jesús provocaba esta reacción en su prometido, era por el amor que le tenía, mientras que Francisco solo veía en ello el ofrecimiento sexual. Asimismo, Francisco dudaba del estado de doncellez de María de Jesús, al expresar que “si esta mujer supiera guardar la única alhaja en que pende su honor, se asegurara por primera vez”, de tal forma que la acusaba de ser una mujer libre y suelta y que su casa era de “entrantes y salientes, [,,,] en la primera ocasión me franqueó su casa y cama toda la noche con el motivo de festejarnos con un trago de vino”.6

Finalmente, el promotor fiscal dictaminó un careo entre ambos pretendientes, de lo cual resultó que se desmintió la virginidad de María de Jesús, porque cuando los pretendientes tuvieron comunicación, ella ya estaba “corrupta”, lo que eludía a Francisco de responsabilidad por desfloración; además, se manifestó que a María de Jesús se le conocía como “la cornetera”, lo cual hace sospechar que esta mujer tuviera al menos actitudes de prostituta, ya que muchas de ellas recibían apelativos parecidos para no utilizar su nombre de pila. De esta manera, Francisco demostró que no quería verificar su matrimonio, debido a las constantes insinuaciones de María de Jesús, y pidió que se le permitiera casar con Rafaela, como ya lo tenía planeado; con estas expresiones el provisor determinó que quedaban disueltos los esponsales entre ambos pretendientes.7

En este caso se evidencia la presencia del amor de la pretensa mediante la revisión de sus cartas, pues con distintas expresiones María de Jesús le manifestó su amor a Francisco, al referirse a él como “mi muy señor mío” o “estimado negrito”, y una de las cartas la concluyó con la frase: “su mayor humilde negra que lo estima y verlo desea”. Ante dichas circunstancias, este caso plantea dos situaciones: la primera, la expresión del amor romántico y pasional a través de las cartas que le escribió María de Jesús a su prometido; y en segundo lugar, el sentimiento de reproche al sentirse despreciada por su amado, de tal forma que tuvo que recurrir a otras estrategias para conseguir su objetivo, como la restitución de su honra, pero al no poderse comprobar las acusaciones que anteponía María de Jesús, como la propia demostración de su conducta sexual, la defensa que señalaba se convirtió en su principal obstáculo para poderle exigir a Francisco que le cumpliera su promesa de matrimonio. De esta manera, Francisco no solo demostró que no quería casarse con ella por sus instigaciones y caprichos, sino que también describió sus malas actitudes que redujeron su nivel de honorabilidad.

Los obstáculos del amor: la justificación de los sentimientos

El amor no tiene edad, género, raza ni justificación, esto nos ha enseñado el individualismo, quien ha promovido, desde la ideología burguesa, la libre facultad de amar, independientemente de los contextos y las circunstancias; esta nueva perspectiva social contribuyó al surgimiento del amor romántico, la noción de privacidad y la separación de las esferas según el género (Illouz, 2009, p. 49). No obstante, esta situación no siempre ha sido de esta manera, ya que las parejas habían sido encaminadas por los intereses familiares y el futuro cónyuge debía tener la autorización paterna para que se pudiera celebrar el matrimonio, hasta que se presenció el cambio de actitud por parte de la sociedad, situación que se analiza en el segundo caso.

A mediados del siglo XVIII comenzó a existir una mayor preocupación entre las autoridades civiles por el tema de la elección de pareja, por lo que en 1776 Carlos III promulgó la Real Pragmática de Matrimonios, a través de la cual los hijos de familia estaban obligados a solicitar el permiso de sus padres para poder contraer matrimonio. La ley reforzaba la autoridad paterna y se convirtió en un mecanismo que utilizaron los padres para oponerse a los casamientos que pretendían sus hijos, los cuales consideraban desiguales racial o económicamente, y de poco provecho para el bien de la familia (Marín Tello, 2016, pp. 127-128). Esta situación provocó varios conflictos en la sociedad, pues mientras que los padres actuaban desde el reconocimiento de su autoridad, los hijos se guiaban por la idea de libertad para que siguieran su voluntad y eligieran un cónyuge por razones puramente afectivas (Seed, 1991, p. 17).

Por otra parte, a finales de este siglo se puede observar en la Nueva España la presencia del fenómeno cultural denominado por Stone (1990, p. 18) como “individualismo afectivo”; el cual generó un sentido de autonomía individual y el derecho a la libertad personal en búsqueda de la felicidad, por lo que desde entonces se observará la aparición de las uniones matrimoniales por amor. En esta época se puede observar con mucha nitidez la expresión del individualismo, y una de las maneras de comprobarlo es a través de las oposiciones que presentaron los jóvenes que pretendieron casarse a pesar de las restricciones paternas, pues defendieron a su pareja sin importarles las consecuencias que esta decisión les pudiera ocasionar, lo cual demuestra que este acto de rebeldía bien puede considerarse como un indicio de la existencia del amor romántico entre los pretendientes (Pellicer, 2004, p. 136). De esta manera, a finales del siglo XVIII se observa el triunfo del amor sometido a la razón, aunque éste también iba acompañado de cierta pasión irracional (Morant Deusa y Bolufer Peruga, 2000, pp. 80-83), como en el siguiente caso.

El segundo caso trata sobre el juicio de oposición que presentó doña María Josefa Bermúdez para impedir que su hija contrajera matrimonio con “un fulano”, mulato liberto, nombrado José Miguel Tovar. Es un caso singular, pues a pesar de que se había declarado por justo y racional el disenso de la madre, los pretendientes consiguieron casarse, desafiando la autoridad de doña María Josefa e incluso la de la propia Real Audiencia, ya que este tribunal no les había concedido la licencia para contraer matrimonio, como se especificaba en la real cédula del 7 de abril de 1778 (Cervantes Cortés, 2016, pp. 27-28). Sin el debido permiso emitido por autoridad competente, los desposados quedarían privados de todos los efectos civiles, como el derecho a pedir dote e incluso podían ser desheredados por sus padres.8

En agosto de 1800 se presentó doña María Josefa para manifestar que el alcalde menor, don Juan Suflé, por órdenes del cura del Santuario extrajo de su casa a su hija, doña Juliana Mendoza, con la finalidad de casarse con José Miguel Tovar, por lo que habían determinado depositar a la joven en una casa de la satisfacción del cura. El depósito funcionaba como lugar de protección y resguardo de la mujer mientras se resolvía algún proceso judicial; el propósito principal de este recurso era que la mujer no fuera molestada por sus familiares u otras personas, además de que no fuera influenciada por alguien para tomar una decisión (Cervantes Cortés, 2013, pp. 60-61). Doña María Josefa se oponía a que dicho enlace se celebrara, por considerarlo una relación indigna y desigual, por lo que solicitó al alcalde que detuviera las proclamas matrimoniales, debido a la “notoria y pésima calidad del mencionado Tovar y demás como es su estragada vida y peores costumbres”.9 De esta manera, el alcalde ordinario solicitó al cura del Santuario que suspendiera la celebración de dicho matrimonio.

Una vez que se presentó esta demanda, compareció José Miguel Tovar para tratar de remediar el disenso que anteponía la madre de su prometida. En su declaración mencionó que tenía tratados esponsales con doña Juliana, por lo que procedió a verificar su matrimonio con la ayuda del párroco del Santuario, quien determinó depositar a la joven; sin embargo, a dicho lugar acudió la madre de doña Juliana y demás parientes, con la finalidad de “desvanecerle su pensamiento y quitarle la intención a que se dirige mi solicitud”, al intentar que desistiera casarse con José Miguel. El pretendiente trató de defender la relación que tenía con su prometida y tenía la obligación moral de efectuar su matrimonio, pues “en virtud de nuestra intención hemos consumado, y no es justo que ella se quede burlada, y yo cargue sobre mí una culpa tan atroz como la que cometí”. De tal forma, José Miguel solicitó al juez que se mantuviera a doña Juliana en el depósito y que no fuera molestada por su madre hasta que se resolviera el caso; además, pedía que se le substanciara el disenso que anteponía doña María Josefa y se les declarase libres de la responsabilidad para poder verificar su enlace nupcial.

No obstante, doña María Josefa demostró a las autoridades la desigualdad racial que había entre los pretendientes, pues manifestó que José Miguel era un mulato liberto, que había sido esclavo del cura don José Antonio Tovar, quien a través de su testamento le había concedido su libertad. Consecutivamente, la madre de la pretensa expuso los motivos por los que se anteponía al matrimonio de su hija, tratando de desacreditar racial y moralmente al pretendiente. La primera situación que presentó doña María Josefa para justificar su disenso era la desigualdad racial, ya que José Miguel había sido esclavo, y también mencionó las consecuencias que sufriría su familia si este enlace se llevara a cabo.

[…] es duro y repugnante que se haya de trastornar una generación entera de notorio y claro nacimiento por solo el influjo de un individuo, muchos son e impagables los graves perjuicios que se seguirían si se llegase a efectuar este matrimonio tan odioso como reprobado por su naturaleza y circunstancias.10

Doña María Josefa también hacía referencia a los hijos que vendrían con este “nefasto enlace”, los cuales quedarían marcados con la situación de desigualdad racial, por lo que las consecuencias de este matrimonio no solo recaerían en su hija, sino que se extendería a toda su familia: “su desgraciada e infeliz sucesión será el blanco de todo nuestro esclarecido linaje y será también tizne que jamás se borrará en nuestros descendientes y cundirá hasta lo más remoto de nuestra genealogía”. Asimismo, también hacía referencia al descrédito que sufriría su familia si permitiera que su hija se casara con un mulato con la “infame nota de esclavitud”, pues además Tovar “había violado el claustro virginal de mi hija, y que por esta razón no es regular quede ella burlada”; con esto, doña María Josefa trataba de que se emitiera un castigo a José Miguel por este hecho tan atroz. Fueron tan impetuosos los intentos de esta señora para conseguir su objetivo que en su declaración expresó:

¡La libertad de producirse este agresor su falta de respeto y audacia sin reprimir, en referir su torpe mezcla con una niña doncella, haciendo pública su deshonra y por ella quedar sepultada en el olvido! ¡Causa asombro! Y a vuestra merced pido que se le castigue severamente su desacato y jactancia, creyendo por este medio él que cesaría mi resistencia y fácilmente condescendería a su intención.11

José Miguel trató de rebatir las acusaciones de doña María Josefa y manifestó ante el alcalde ordinario las incongruencias en el discurso de la demandante, pues en su familia existían varios matrimonios interraciales; el propio hermano de su prometida, don José Tiburcio Mendoza, estaba casado con una mulata, Juana Arreola, hija de un cochero que había sido esclavo; y también una hermana de la propia demandante, doña Rafaela Bermúdez, estaba casada con un mulato liberto, que había sido esclavo de don José Ángel Sierra. De esta forma, José Miguel trató de manifestar su malestar ante las acusaciones de la madre de doña Juliana, y con estas pruebas expresaba que “ahora importa poco o nada el que yo haya de verificar este casamiento con doña Juliana”. Al menos dos de sus familiares estaban relacionados con mulatos, por lo que dicha familia no era de “notorio y claro nacimiento conforme se sueña doña María Josefa”.12

José Miguel asumió que había sido esclavo, pero que nunca había estado sujeto a “ninguna vil servidumbre”, pues su amo siempre le dio el tratamiento de “hijo querido y estimado”, y que siempre tuvo confianza en él por su buena conducta, arreglos, procederes y notoria hombría de bien. En las declaraciones de José Miguel no se llegó a hablar sobre el amor o los sentimientos que éste tenía hacia su prometida, pero era notoria la tenacidad y el esfuerzo que tenía este joven para defender su relación y de esta forma poder realizar su matrimonio. Utilizó todos los recursos que estuvieron a su alcance para defender su relación; además, era consciente del error que había cometido al desflorar a doña Juliana y que solo con su enlace nupcial podría remediar esta situación y restablecerle la honra a su prometida.

Sin embargo, a pesar del empeño que demostró José Miguel para evadir la oposición de doña María Josefa, el alcalde ordinario determinó el 12 de septiembre de 1800 que el disenso de la demandante era justo y racional, pues era evidente la desigualdad en calidades que había entre los pretendientes,13 lo cual constituía el motivo principal por el que la Real Pragmática de Matrimonios había sido sancionada y puesta en práctica en las Indias (Lavallé, 2013, p. 187), y de esta forma la Real Audiencia no autorizó este matrimonio, por lo que prohibían al cura del Santuario celebrar el enlace, aun cuando los contrayentes hubieran aceptado ser desheredados y asumir todas las consecuencias (Robins, 2019, p. 57).

Después de que se dictó esta sentencia, se presentó doña Juliana ante las autoridades para hacer una representación. En este documento, la joven expresó que en consecuencia de haberse enterado que su prometido perdió el litigio que estableció su madre, donde se declaraban inefectivos los esponsales que celebró con José Miguel, por lo que tenía la necesidad de emitir este escrito. Doña Juliana mencionó que a pesar de que existía mezcla de calidades entre ambos, deseaba que se efectuase dicho matrimonio, pues “obscurecido mi ser de esa manera solamente el borrón se refundiría en mi persona y no en alguno de mis ascendientes y demás allegados”; además, hacía referencia a los matrimonios de su hermano y su tía, que estaban casados con afromestizos. El ímpetu de esta joven llegó incluso a criticar la fiabilidad de la Real Pragmática, en cuanto a la poca atención que hacían las autoridades sobre el honor de las personas, pues doña Juliana expresó:

[…] juzgo que en toda juiciosa legislación donde el honor se aventura a cualesquiera, considerable trastorno no se deben repeler los medios con que se procura impedir aquella caída, y si acaso o por contingencia se verifica, tampoco los son que son propios y adecuados para el reparo de la misma decadencia.14

Esta acusación que presentó doña Juliana la relacionaba con la pérdida de su virginidad, por lo cual consideraba que su “decoro ha padecido enormísima ruina habiéndose asentado el desfloro de mi virginidad”, y la única opción para poder restaurar su honra era efectuando el matrimonio que había aspirado. También mencionó que, a pesar de la disconformidad de limpieza de sangre entre ambos pretendientes, ella veía en José Miguel “apreciables cualidades que ofrecen suplemento a la insinuada falta, a la que se agrega la sobra de beneficios que él mismo me ha hecho en varias oportunas para subsidio de mis urgencias”. De esta manera, doña Juliana solicitó al alcalde que se revocara el disenso de su madre para poder contraer matrimonio con su prometido. Finalmente, no se les concedió dicha autorización, pero los pretendientes desafiaron toda autoridad y consiguieron casarse al mes siguiente de haber terminado el juicio, el 21 de octubre de 1800, en la parroquia del Santuario de Nuestra Señora de Guadalupe.15

La reacción de esta joven ante los obstáculos que anteponía su madre para entorpecer su relación, está relacionada con el “individualismo afectivo”, el cual hacía énfasis en la libertad individual y la promoción del ejercicio de los deseos personales, lo cual propició, en cierta medida, la libertad de elección de pareja y por lo tanto la concertación de matrimonios por amor y por elección personal (Shorter, 1975, pp. 56-65). Además, este cambio trajo consigo el cuestionamiento de las normas autoritarias y de la potestad paterna en cuanto a la práctica matrimonial, para demostrar que existió cierto grado de cariño, afecto mutuo, romance y atracción entre las parejas que pretendían celebrar un matrimonio (Cervantes Cortés, 2014, pp. 250-251).

Por otra parte, en este caso también se puede evidenciar la manifestación de la “libertad emocional”, o el impulso sentimental que experimentó doña Juliana al tener como prioridad la defensa de su relación con José Miguel, sin importarle las consecuencias, motivada por el afecto hacia su pretendiente y el enojo que tenía con su madre por obstaculizar su matrimonio (Reddy, 2001, pp. 122-123). De esta manera, la pareja enfrentó diversos problemas para defender su relación, a pesar de las restricciones sociales y legales que habían en su contra, pero al final consiguieron el propósito de estar juntos.

Los amores furtivos: celos, arrebatos y ausencias

Uno de los motivos principales por el cual una persona podía solicitar el divorcio eclesiástico era el adulterio; este delito, junto con la sevicia, constituían las dos causales de divorcio que reconocía el derecho canónico. El cónyuge agraviado podía demandar la separación de su matrimonio ante el provisor y vicario general, para lo cual tenía que presentar varias pruebas y testimonios que evidenciaran este delito; para que se convirtiera en causa de separación, el adulterio debía ser plenamente consumado (Lozano Armendares, 2005, pp. 160-161). Esta situación ha permitido disponer de las cartas que se utilizan en esta última sección. El tercer caso es la demanda de divorcio que presentó doña María Gertrudis Moreno para divorciarse de su marido, don José Cristóbal Bravo de Acuña, denunciando la comunicación adulterina que mantuvo su esposo con María Manuela Durán. Ambos cónyuges eran españoles, doña María Gertrudis era originaria de Etzatlán, hija de un hacendado, y don José Cristóbal era un importante minero y comerciante de Guadalajara, por lo que constantemente viajaba a la ciudad de México, Querétaro y Zacatecas; es decir, que se trataba de un matrimonio de mucha distinción. Este juicio comenzó el 26 de febrero de 1781, cuando la pareja tenía dos años de casados y una hija, y concluyó seis años más tarde, en febrero de 1787.16

Este caso inició cuando doña María Gertrudis se presentó ante el provisor del obispado de Guadalajara para denunciar el adulterio de su marido. Mencionó que en una ocasión su esposo tenía intenciones de viajar a la ciudad de México, por motivo de su trabajo, y doña María Gertrudis insistió que quería acompañarlo. Don Cristóbal le advirtió que primero llegarían a Querétaro, pues ahí tendría que resolver algunos negocios; cuando pasaron por San Juan de Ocotán, don Cristóbal dejó a su esposa en compañía de uno de sus mozos, con el pretexto de llegar lo antes posible a Querétaro; más tarde, cuando pasaron por San Martín, el mozo dejó a la señora con motivo de buscar alojamiento, “expuesta al peligro de que me quitasen la vida por robarme”; fue entonces cuando doña María Gertrudis sospechó del extraño comportamiento de su marido y después concluyó que tanto su esposo como sus mozos estaban preparando el viaje de la amante. Después, cuando pasaron por Celaya, don Cristóbal se reunió con uno de sus sirvientes, que iba acompañado de una mujer “fingiendo ser su hermana”. Fue así como llegaron juntos a Querétaro, se establecieron en una posada y “haciendo gala de su delito, con tal atrevimiento y desahogo […] ciego de sus amores, introduciendo a su dama en la misma posada que me tenía”. Estando ahí, doña María Gertrudis salió a dar un paseo por la ciudad, con el motivo de ver sus templos, y cuando regresó a la posada encontró a su marido con su amante en la misma habitación, la reacción de la señora fue “cerrar la puerta para imponerme silencio” y de inmediato preparó su viaje de regreso a Guadalajara, con la firme decisión de presentar su demanda, en la que explicaba “quiero separarme de mi enemigo y ofensor”, y pedía el arresto de don Cristóbal y su amasia.

Este juicio es bastante complicado y largo, lleno de declaraciones, presentaciones de pruebas y testigos y traslados de doña María Gertrudis de un lugar de depósito a otro (Cervantes Cortés, 2013, pp. 172-176); sin embargo, la parte que interesa son las cartas que le envió Manuela a don José Cristóbal, mediante las cuales se pudo confirmar el adulterio, y también la carta que le escribió don José Cristóbal a su esposa en señal de arrepentimiento. El padre de doña María Gertrudis, don Gerardo Moreno, estuvo muy al pendiente del proceso de divorcio de su hija, y fue él quien solicitó al provisor el secuestro de los bienes de don Cristóbal y posteriormente pidió que se revisara su celda; fue ahí donde encontraron las cartas que le envió Manuela, dos de ellas las tenía debajo de su colchón y una más en su faltriquera; esta situación nos permite reflexionar dos cosas: que don Cristóbal no pudo deshacerse de las cartas y se las llevó a su celda para tener oculta la evidencia de su relación adulterina, o bien, que le tenía tanto aprecio a su amante que guardaba con él las cartas que le había enviado, pues una de ellas la llevaba consigo entre su ropa, como una forma de estrechez afectiva y mantener cerca la imagen de su amante, a pesar de la distancia.17

Con la presentación de estos documentos, el provisor determinó buscar a la amasia de don Cristóbal para que testificara en el juicio, pero no la pudieron localizar; solamente se pudo constatar, gracias al testimonio de un mozo de don Cristóbal, que dicha mujer se llamaba María Manuela Durán y que se encontraba “según parece en la ciudad de México”; no obstante, la presencia de dichas cartas se convirtió en el testimonio fehaciente para confirmar el delito de adulterio. Dos de las cartas iban dedicadas a don Manuel de Avilés, nombre con el que se disfrazaba don Cristóbal para mantener oculto su amor adulterino, pero la tercera carta, la que llevaba en su faltriquera, iba dirigida a su nombre. Mediante la lectura de estos documentos podemos deducir varias situaciones: el cariño con el que le escribía Manuela a su amante, que ambos se conocieron y mantenían una relación amorosa desde antes que don Cristóbal se hubiera casado, la constancia con la que le escribía Manuela, la estrechez de su comunicación, al contarle todos sus sentires y pesadumbres, y también permiten observar la expresión de varios sentimientos, como el amor, el afecto, la pasión, los celos y la perturbación de Manuela, la cual provocaba alteraciones en su salud.

La correspondencia privada permite conocer cómo vivieron su amor estos dos amantes, y mediante los mensajes que se comunicaron se pueden recrear algunos momentos de su romance. En dichas cartas, Manuela se refería a su amante con palabras afectuosas como “mi amantísimo”, “negro de mi alma”, “mi amor”, “negrito de mi vida”. Desafortunadamente no contamos con las cartas que don Cristóbal le escribió a Manuela, pero suponemos que éstas también iban cargadas con la misma intención amorosa y el galanteo propio del amor cortés de la época, ya que los hombres, o al menos aquellos que pertenecían a la cultura letrada, seducían a sus amantes a través del cortejo, demostrándoles un trato especial y enamorándolas de manera educada (González, 1991, pp. 30-31). Una de las cartas que le escribió Manuela a su amante decía:

Mi amantísimo y siempre estimado negro de mi alma, recibí tu muy apreciable carta la que guardo en mi corazón, pues yo soy la causa de tus trabajos, pero considérame con el celo tan grande que tuve de considerar que la habías traído [a doña María Gertrudis] […] yo cuando te conocí y puse mi amor en ti, no te conocí casado, pues dime de que ahogo saliste con casarte, más del haber cumplido tu apetito de dormir con ella, y así mi alma, discúlpame, que si yo no te hubiera tenido amor, nunca hubiera tenido de ti celo ninguno.18

Por la información que le comunicó Manuela a don Cristóbal, suponemos que esta carta la envió después de que doña María Gertrudis hubiera descubierto el adulterio de su marido, pues deja ver en su escrito que la amasia tenía celos de su esposa, y Manuela le reclamaba por haberla llevado e incluso por haberse casado con ella. Es importante tener en cuenta que la amante escapa del estereotipo de una mujer “sumisa” de finales del siglo XVIII; más bien, su posición se acerca al ideal ilustrado de la mujer, ya que sabía leer y escribir, expresaba sus sentimientos, le contaba a su amante sus alegrías y tristezas; además, a través de su escritura reafirmaba su posición como amante de don Cristóbal e incluso esa condición le otorgaba cierta libertad (Insúa Cereceda, 2009, pp. 23-107; Flores Clair, 2013, pp. 70-71).

Los celos se definen como “la sospecha, inquietud y recelo de que la persona amada haya mudado o mude su cariño o afición, poniéndola en otra” (Diccionario de la lengua castellana, 1739, p. 566). Manuela era consciente de que don Cristóbal era casado y aun así aceptaba su relación; sin embargo, aunque esta mujer era consciente de su condición de amante, experimentaba celos y amenazas de perder a su hombre, pues dicha situación existía cuando la persona sentía que poseía o debía poseer a la persona amada (Lipsett-Rivera, 2014, p. 68). Los celos surgían cuando se tenía la sensación de que la persona amada trataba de escapar, se veía amenazada o existía un obstáculo que impidiera la reunión de los amantes, y estas tres circunstancias las vivió Manuela; a través de sus cartas Manuela demostró tener una profunda pasión por su amante, ya que se aprecia en su escritura que esta mujer experimentaba sentimientos de amor, posesividad, celos y frustración. A través del chantaje emocional, Manuela trató de conseguir su propósito, y conmovía la compasión de don Cristóbal al contarle sus pesares y sufrimientos.

En más de una ocasión, cuando los amantes se reunieron en la ciudad de México, don Cristóbal presentaba a Manuela como su esposa, y ella accedió a fingir este papel, con tal de estar a su lado;19 esta situación provocó que muchas personas conocieran la relación adulterina que mantenía don Cristóbal, o sospecharon de su comportamiento, al presentar a una mujer de dudosa apariencia como su esposa. Además, esta relación era bien conocida por los mozos de don Cristóbal, pues en la ocasión que se reunieron en Querétaro, uno de ellos llegó acompañado de Manuela, quienes además servían de mensajeros de las cartas, dado que en una de ellas la amante mencionó “que la carta que te escribí con el mozo”.

En esta misma carta Manuela le manifestó a don Cristóbal el sufrimiento que padecía por encontrarse distanciados, y le decía “pues si no tuviera la esperanza de verte y abrazarte no sé qué me sucediera”, más adelante le expresó “siempre clamaré por ti” y “tu negra que te estima y desea verte”; sobre este punto, José Zatrilla y Vico expresaba que la ausencia del ser amado provocaba fervores y heridas en las personas, que solo se podían remediar a través de la vista, pues:

El amor halla libre la entrada por las ventanas del corazón, que son los ojos, con quitarle de su jurisdicción estas ventanas, apartado los ojos con la ausencia, no podrá lograr, ni aun la menor entrada: conque es fuerza que se entibien sus ardores, porque donde el fuego no se aumenta, el mayor ardor se exhala (Zatrilla y Vico, 1688, pp. 515-516).

Asimismo, a través de estas misivas Manuela encontraba su consuelo, y de esta manera le expresaba a don Cristóbal: “negrito de mi vida, encanto de mis ojos, pues ya veo que con llorar no remedio nada, pero con eso me desahogo”, y también “es posible que el único consuelo que tengo es que me escribas y saber de ti”; además, Manuela le reclamaba a su amante su tibia correspondencia y las pocas veces que le escribía, al expresarle “Mi alma, con ésta van cuatro que te he escrito y tuyas he recibido dos”. También, Manuela le comunicaba a don Cristóbal los males físicos que tenía debido a los celos y al amor tan profundo que sentía por él:

[…] ya sabes cómo padezco de la cabeza, pero aquí mucho más. En la actualidad estoy con unas punzadas en toda la cabeza y con un desvanecimiento que no soy dueña de pararme porque me caigo como si estuviera borracha y un revolvimiento de estómago que no puedo más.20

El sufrimiento es, la mayoría de las veces, una de las características del amor ilícito, por la conciencia de contravenir a las normas sociales, y el precio a pagar por aceptar una relación prohibida era el quebranto de su salud (Lozano Armendares, 2013, p. 96). En las despedidas de estas cartas también se puede percibir la calidez y, sobre todo, la pesadumbre que provocaba el distanciamiento de los amantes, como en la frase “tu fiel negra que te adora” y “tu fiel negra que la vida diera por verte”. Como menciona Flores Clair, si bien estas expresiones corresponden al lenguaje convencional de la época, también podemos suponer que constituyen las formas de expresar su intimidad con la finalidad de halagar a sus amores y demostrarles sus sentimientos (Flores Clair, 2013, p. 70).

Después de varios años de litigio, don Cristóbal le escribió una carta a su esposa desde la prisión, en la que le expresó estar arrepentido de sus errores y solicitaba su perdón para que volvieran a estar juntos. En esta carta decía: “ya considero el hierro tan grande que he cometido, lo primero y principal por ser ofensa a Dios, y lo segundo por ser ofensa tuya, de lo cual estoy muy arrepentido”. No se puede determinar el grado de arrepentimiento de una persona que llevaba más de dos años en prisión, o si esta misma situación fue la que motivó a don Cristóbal a escribir esta carta; lo cierto es que en ella le manifestaba a doña María Gertrudis todo su amor y que lo perdonara “por vida de tu madrecita y la mía” y “por vida de mi chiquita Matilde”, la única hija que tenía esta pareja en ese momento. Don Cristóbal finalizó esta carta con esta sentencia “se me pasó decirte que me perdones por la sangre que Cristo derramó por nosotros”.21 De esta forma, doña María Gertrudis perdonó a su marido, y expresó al provisor: “mi marido, a quien le he perdonado gravísimas injurias que me ha causado […] pero atendiendo más a lo cristiano que a sus méritos con respecto a Dios, tuve a bien olvidando agravios el perdonarle, recibirle y hacer vida doméstica en su compañía”.22

Sin embargo, éste no fue el final de este juicio, pues después de que Manuela se enteró que doña María Gertrudis había perdonado el adulterio de su esposo, le escribió la amante una cuarta y última carta, la cual fue enviada en mayo de 1787 desde la ciudad de México. La carta contiene un tono dramático y chantajista y un discurso muy melancólico e hiriente, en el que podemos apreciar el final de la relación de estos dos amantes y las decisiones que habían tomado cada uno de ellos. La carta decía:

Morir será lo mejor, mis penas acabarán, se mitigará el dolor y de mí se apartarán celos, ausencias y amor. Mi alma, mi bien, mi ventura, yo bien considero así que cuando yo te di el sí, no otorga más escritura, pero al caer de tanta altura me erizo y me da temor. Me olvidaste, es cosa cierta que me quisiste en verdad, pero olvidar tu beldad, ni dormida ni despierta, de modo que solo muerta mis pensamientos se irán, cada día llorarán mis pasadas alegrías, pero acabados mis días mis penas se acabarán. El que me eche esta sentencia, no pienses que es rebeldía sino deber prenda mía. El que desee yo el morir es porque me estará a bien que los ojos que no ven menos tienen que sentir, y así no quiero vivir, si ha de ser con este afán, con eso ya no dirán que en mi penar tengo alivio, vallan las penas contigo y de mí se apartarán. Y en fin, tú en tu poder ajeno es apretarme el tornillo, ponerme al cuello un cuchillo, darme bocado o veneno, o estar en mi sepulcro, es mejor el acabar el sinsabor, la pena, el tormento amargo y no me traerán a cargo celos, ausencias y amor.23

El dramatismo que impregnó Manuela en esta carta es conmovedor, parece transmitir el sufrimiento por el que pasó al saber que había perdido a su amante, al enterarse que don Cristóbal había preferido estar con su esposa y no con ella; en ese sentido, William Reddy menciona que el sufrimiento es el resultado de la idea de que se es indigno para el ser amado (2001, p. 123). Este caso es bastante rico en información, pues contiene la expresión de distintas emociones entre los tres protagonistas de esta historia, como la manifestación del amor, la pasión y los celos, así como el sentido de pertenencia, los malestares que provocaba la ausencia del ser amado y los sacrificios a los que estaba dispuesta Manuela con la finalidad de mantener su relación: de esta manera, en este caso predominó, sobre todo, el desamor y los sufrimientos que ocasionaba esta situación.

Conclusiones

Las tres historias guardan entre sí varios aspectos en común, como el protagonismo que tuvieron las mujeres, ya que en ellas se observa la apropiación de la escritura, como el espacio que les permitió comunicar sus alegrías, afectos y tristezas. Los sentimientos son construcciones sociales que se adaptan o modifican según el contexto cultural; es por ello que, al centrarnos en las parejas de finales del siglo XVIII, es posible apreciar la expresión del amor romántico, entendido como el sentimiento que surgía por la atracción emocional hacia otra persona, y que involucraba sentimientos como la pasión, los celos y el deseo sexual (Pascua Sánchez, 2016, pp. 444-445). Es precisamente en las mujeres donde podemos observar las mayores manifestaciones del amor, como en los testimonios que presentamos en este trabajo (Morant Deusa y Bolufer Peruga, 2000, p. 131).

Otra característica que poseen los tres casos es la confirmación de la participación que tuvieron las mujeres en los procesos judiciales y el conocimiento de sus derechos, ya que estas tres mujeres hicieron uso de ellos para defenderse, salvaguardar su honra y justificar su relación amorosa. No obstante, estos tres pleitos también presentan algunas diferencias entre sí, como el nivel socioeconómico y racial al que pertenecían los involucrados, pues aunque la mayoría de ellos eran españoles, solo uno de los casos se puede localizar entre los estratos altos de la sociedad colonial, mientras que los otros dos casos los podemos ubicar en los sectores populares; asimismo, otra diferencia que se puede apreciar son las conclusiones en que derivaron estos tres juicios, ya que la resolución de estos casos proporciona elementos para determinar el fin que tuvieron estas parejas, si lograron mantener su romance o si terminaron su comunicación.

Estos tres casos, como muchos otros, se originaron por la espontánea combinación de sentimientos, como el amor, el gozo, el afecto y la pasión; pero también, por el desamor, el sufrimiento, los celos y la aversión. Sin embargo, los tres conflictos que aquí se expusieron, debido a su naturaleza, poseen rasgos individuales, pues en primer lugar, cada uno presenta un delito diferente que se trataba de resolver, de tal manera que tienen distintos procederes y por lo tanto diferentes desenlaces, pues en el caso de José Miguel y doña Juliana, el resultado fue benéfico para la pareja, pues lograron realizar su matrimonio, mientras que María de Jesús y Manuela no consiguieron su propósito, pues sus parejas decidieron estar con otras mujeres.

De esta manera, las anécdotas personales se convierten en retratos dramáticos de cómo se vivía el amor y de qué manera se expresaban los sentimientos durante la época novohispana. Además, este estudio ha permitido acercar a la definición del amor de pareja que se entendía en esta época, la cual dista considerablemente de su relación con el matrimonio cristiano, como expresaba Emma Goldman: “el matrimonio y el amor nada tienen en común; uno y otro están distantes, como los polos” (1911, p. 3). Comúnmente se ha expresado que el amor se regía por las creencias religiosas y las normas de convivencia, las cuales reprobaban las pasiones y la sensualidad y no permitían la libre manifestación de los sentimientos entre los amantes (Dueñas Vargas, 2014, p. 47); no obstante, mediante estos casos se observa que predominaba en las parejas los sentimientos de deseo, atracción e, incluso, cierto grado de lascivia, por lo que era muy común que existieran la seducción, las relaciones prematrimoniales y las relaciones adulterinas de larga duración. Las transgresiones que estudié en estos tres casos: el incumplimiento de promesa matrimonial, las relaciones interraciales y el adulterio, representan la atracción del amor prohibido y el placer de la aventura; aunque como se vio con estos ejemplos, las parejas no siempre tuvieron finales felices, pues su relación, prohibida o pecaminosa, estaba destinada al fracaso y a constantes sufrimientos, lo que lo convierte en un sentimiento todavía más fuerte, producto de los arrebatos emocionales y el frenesí del amor clandestino (Lozano Armendares, 2013, p. 105).

Por último, los tres casos son la constancia de que cuando los sentimientos se salían de la norma o las convenciones sociales, se corría el riesgo de que se impidiera la libre manifestación del amor, lo cual podía derivar en la separación y el castigo de las parejas. Las relaciones ilícitas casi siempre concluyen con una sanción de tipo emocional, como el sentimiento de culpa, el sufrimiento y en ocasiones la soledad; aunque dichas parejas eran conscientes de su contravención; pero al final de cuentas, estas situaciones y conflictos eran producto de sus decisiones propias.

Notas al pie:
  • 2

    AHAG, Provisorato, caja 48, exp. 24, fs. 1-1v.

  • 3

    AHAG, Provisorato, caja 48, exp. 24, f. 4.

  • 4

    AHAG, Provisorato, caja 48, exp. 24, f. 6.

  • 5

    AHAG, Provisorato, caja 48, exp. 24, fs. 13-13v.

  • 6

    AHAG, Provisorato, caja 48, exp. 24, fs. 14-15.

  • 7

    AHAG, Provisorato, caja 48, exp. 24, fs. 20v-21

  • 8

    AGNM, Reales Cédulas Originales, vol. 113, exp. 209.

  • 9

    ARAG, Civil, caja 276, exp. 1, f. 1v.

  • 10

    ARAG, Civil, caja 276, exp. 1, fs. 8-8v.

  • 11

    ARAG, Civil, caja 276, exp. 1, f. 9.

  • 12

    ARAG, Civil, caja 276, exp. 1, fs. 10-10v.

  • 13

    ARAG, Civil, caja 276, exp. 1, fs. 13v.

  • 14

    ARAG, Civil, caja 276, exp. 1, f. 16.

  • 15

    Hemos encontrado la información matrimonial de esta pareja en la base de datos de Family Search (https://familysearch.org/ark:/61903/1:1:JC8P-RVK, consultado el 24 de abril de 2020).

  • 16

    AHAG, Nulidad, caja 4, exp. 5.

  • 17

    AHAG, Nulidad, caja 4, exp. 5, f. 56.

  • 18

    AHAG, Nulidad, caja 4, exp. 5, f. 60.

  • 19

    AHAG, Nulidad, caja 4, exp. 5, f. 2v.

  • 20

    AHAG, Nulidad, caja 4, exp. 5, fs. 61-61v.

  • 21

    AHAG, Nulidad, caja 4, exp. 5, fs. 33-33v.

  • 22

    AHAG, Nulidad, caja 4, exp. 5, f. 185.

  • 23

    AHAG, Nulidad, caja 4, exp. 5, fs. 194-194v.

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Historial:
  • » Recibido: 27/04/2020
  • » Aceptado: 31/05/2020
  • » : 25/03/2021» : 09/2020